Dice hoy: La Corte Suprema rechazó la demanda presentada por el diputado mendocino Enrique Thomas contra la ley de medios. Sin embargo, la ley 26.522 seguirá suspendida, ya que subsisten otras medidas cautelares dictadas por jueces de la Capital Federal, Salta y San Juan.
Para la Corte, los legisladores no pueden cuestionar el trámite de sanción de la ley y los jueces no pueden suspender leyes de modo general.
Adri oculta que, en caso de seguir la suspensión esto no se puede sostener durante muchos días más ya que como explica en el segundo párrafo "los jueces no pueden suspender leyes de modo general". Entonces, ninguna de las medidas cautelares supuestamente vigentes van a ser avaladas por la Corte.
Pero, bueh. El loco Adri no las tiene todas consigo. Y sino, repasemos sus columnas magistrales sobre la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
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